SERVICIOS - TARJETA PROVISIONAL MILITAR

DIAS DE ATENCION: DE LUNES A VIERNES
HORARIO: 9:00 AM a 1:00 PM

Funcionario responsable: Auxiliar Administrativo

Los varones colombianos, residentes en el exterior, definirán su situación militar de conformidad con lo establecido en la Ley 48 de 1993 y el Decreto 2048 de 1993, por intermedio de las autoridades consulares correspondientes.

La expedición de la Tarjeta Provisional es función de la Dirección de Reclutamiento y Control Reservas del Ejército Nacional.

La responsabilidad del Consulado se limita a recibir y relacionar los documentos necesarios para la elaboración de la misma, para remitirlos a la Dirección de Reclutamiento y Control de Reservas, y a entregar las Tarjetas Provisionales que le sean enviadas por la mencionada Dirección.

Tarjeta Provisional por dos (02) años

Los ciudadanos colombianos que tienen entre dieciocho (18) y veintiocho (28) años de edad, tienen derecho a solicitar la tarjeta provisional por dos (02) años.

Requisitos:

- Dos fotografías de 2.5cm x 4.5cm, de frente y con fondo azul.
- Dos fotocopias de la cedula de ciudadanía colombiana ampliadas al 50%.
- Dos fotocopias del pasaporte y de la visa, si es el caso.
- Dirección de residencia completa del ciudadano.
- Dos fotocopias del recibo de consignación individual por el valor de U$115.00 el cual debe contener el nombre completo del ordenante, el valor del monto y el concepto del pago.


Forma de pago

La consignación debe hacerse mediante el siguiente procedimiento:

Banco Intermediario
Nombre: Citibank
Ciudad y país: New Cork - USA
Código ABA: 021000089
Código SWIFT: CITIUS33

Banco Tenedor de la Cuenta
Nombre: Banco de Occidente
Ciudad y país: Bogota D.C. - Colombia
Dirección: Carrera 10 No. 14-44
# de Cuenta: 10950229
Código SWIFT: OCCICOBCBO2
CHIPS: 0008


Cliente Beneficiario
Nombre: Tesorería Dirección de Reclutamiento y Control de Reservas
Cuenta: 200120772
Sucursal: Banco de Occidente
Ciudad y país: Bogota D.C. - Colombia
Dirección: Avenida Caracas # 9-51
Teléfono: 3362211 ext. 150

NOTA: Los costos de giro o transferencia deberán ser asumidos por el ordenante en el país en que se encuentre.

Tarjeta de Reservista Segunda Clase
Los ciudadanos colombianos mayores de veintiocho (28) años tienen derecho a solicitar la tarjeta de reservista de segunda clase.

Requisitos:

- Dos fotocopias de la cédula de ciudadanía colombiana ampliadas al 50%.
- Dos fotocopias del pasaporte y de la visa de residente si es el caso.
- Dos fotocopias del diploma de bachiller y acta de grado si es el caso.
- Dos fotografías recientes de 2.5cm X 4.5cm, de frente y con fondo azul.
- Dirección de residencia completa del ciudadano.

Adicionalmente deberán allegar los siguientes documentos según el caso particular, ya sean de los padres como dependientes, o de si mismos como independientes.

- Dos fotocopias de la declaración de renta para personas naturales.
- Dos fotocopias de la declaración de renta para personas socias de sociedades y para comerciantes.
- Dos fotocopias del certificado de ingresos y retenciones.
- Dos fotocopias de la constancia de trabajo expedida por el empleador.
- Trabajador independiente: Certificación de ingresos expedida por un Contador Publico con fotocopias de la Tarjeta Profesional autenticada.
-Dos fotocopias del certificado de la oficina de catastro o su equivalente en el país de residencia.
-Dos fotocopias del registro civil de hermanos menores de dieciocho (18) años o hijos según el caso.
-Original del recibo de Deuda Hipotecaria si es el caso.

Los anteriores documentos deben ser presentados oficialmente traducidos al español y en pesos Colombianos, debidamente autenticados.

Con base en la documentación enviada, la Dirección de Reclutamiento procederá a liquidar el valor de la Cuota de Compensación Militar. El resultado de esta liquidación será notificado por el Consulado al interesado para que este proceda a realizar el pago del valor correspondiente. Adicionalmente el ciudadano deberá adjuntar:

- Dos fotocopias del recibo de consignación individual por el valor de U$115.00 el cual debe contener el nombre completo del ordenante, el valor del monto y el concepto del pago. (Procedimiento de pago señalado en la parte superior del instructivo.)

Expedición de Duplicados de Tarjetas

Requisitos:

- Dos fotografías de 2.5cm x 4.5cm, de frente y con fondo azul.
- Dos fotocopias de la cedula de ciudadanía colombiana ampliadas al 50%.
- Dos fotocopias del denuncio ante el cónsul, si es por perdida.
- Entrega de la tarjeta anterior si es por deterioro o cambio de profesión y en este caso fotocopia del diploma correspondiente avalado por el ICFES.
- Numero de la tarjeta anterior, fecha de expedición y Distrito Militar si fue expedida antes de 1990.
- Dirección de residencia completa del ciudadano.
- Dos fotocopias del recibo de consignación individual por el valor de U$115.00 el cual debe contener el nombre completo del ordenante, el valor del monto y el concepto del pago (Procedimiento de pago señalado en la parte superior del instructivo.)

Colombianos que hayan definido su situación Militar en otro país con el cual Colombia tenga Convenio.

Que según el parágrafo del articulo 25 de la ley 48 de 1993 los colombianos que hayan definido su situación militar en otro país con el cual Colombia tenga Convenio sobre el Servicio Militar, se encuentran exentos de definir su situación militar ante las autoridades colombianas.
Francia : Ley 41 de 1932
Suiza: Ley 15 de 1959
A los varones colombianos que hayan definido su situación Militar en los países con los que Colombia tiene Convenio La Dirección de Reclutamiento y Control de Reservas, le expedirá la correspondiente CERTIFICACION

Requisitos para la Certificación:
- Fotocopia de la cedula de ciudadanía.
- Fotocopia de la Carta de Residente en el exterior.
- Certificación del Ministerio de Defensa o su homologo donde certifique que ya definió su situación Militar, debidamente autenticada y traducida al idioma español.