PREGUNTAS FRECUENTES

El Consulado 2
Inscripción consular 3
Nacionalidad colombiana 3
Cédula de ciudadanía 4
Pasaporte 5
Registro de nacimiento 6
Registro de matrimonio 7
Declaración juramentada de estado civil 7
Pasado judicial 7
Poderes 7
Permiso de salida de menor 8
Certificado de supervivencia 8
Apostilla 9
Menaje 9
Visas 9
Asistencia social y jurídica 12
Documentos extraviados 13
Traducciones 13

Señor usuario
El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, con miras de hacer cumplir las leyes y normas que el Gobierno Nacional expide, las cuales existen para un beneficio común, pide a sus connacionales, mayor interés en el conocimiento de las mismas, con el objeto de no verse perjudicados ni sentirse atropellados por Funcionarios de esta Entidad, quienes el Gobierno Nacional ha designado, gracias a su responsabilidad y capacidades para desarrollar las funciones encomendadas.
Circular CLA 3089 del 15 de julio de 2003


El Consulado

" ¿Qué es un consulado?

Es una oficina del servicio exterior del Estado colombiano encargada de velar por los intereses del país y de sus compatriotas.

" ¿Qué puede hacer el Consulado por usted?

El Consulado puede brindarle asistencia consular y debida orientación a sus necesidades si se encuentra o tiene algún familiar detenido, si conoce o requiere asistencia para un niño o adolescente, si requiere orientación en caso de familiares fallecidos en el exterior y trámite de documentos.

" ¿Qué no puede hacer el Consulado por usted?

- Pagarle hospedaje, tiquetes de viaje, servicios médicos, funerarios, entierros, abogados defensores o cualquier otra clase de cuentas.
- Hacer el trabajo propio de las agencias de viaje, aerolíneas, bancos o asociaciones de vehículos.
- Solicitar tratamiento especial para usted en un centro médico o de detención, superior al que le es proporcionado a un nacional local.
- Representarlo legalmente, invocar su nombre ante los tribunales locales o interceder ante ellos para ponerlo fuera de prisión.
- Obtener permisos de trabajo o visas para usted y sus familiares.

" ¿Qué trámites realiza el Consulado?

- Solicitud de documentos de identidad (cédulas y tarjetas de identidad);
- Solicitud de pasaportes y libretas militares;
- Solicitud de visas para extranjeros que deseen ingresar al país;
- Solicitud de certificados de antecedentes judiciales, certificados de supervivencias;
- Actos notariales (reconocimientos de firmas, autenticación de documentos, protocolización de Escrituras Públicas, permisos de salida del país para menores);
- Recepción de declaraciones de renta;
- Registros de nacimiento, matrimonio y defunción.

" ¿El Consulado realiza traducciones?

No, debe acudir a un traductor oficial; por lo tanto, consulte la lista de traductores oficiales.


Inscripción consular

" Actualmente reside en Francia, ¿debe registrarse en el Consulado?

Los colombianos que residen en el exterior deben registrarse en el consulado colombiano más próximo al lugar de residencia. Así, el Consulado podrá prestarle servicio de una manera más rápida y eficiente.

Recuerde que el buen nombre de Colombia en el mundo depende de su manera de comportarse y del respeto que usted dé a las leyes y costumbres locales.

" ¿Cuáles son los requisitos para inscribirse en el Consulado?

Debe presentar su cédula de ciudadanía y llenar el formato correspondiente. Este trámite es gratuito. Toda la información suministrada es de carácter confidencial.
Nacionalidad colombiana

" ¿Quiénes son nacionales colombianos?

El artículo 96 numeral 1 de la Constitución Política de Colombia establece quiénes son nacionales colombianos por nacimiento. Quienes hayas nacido en Colombia o se les haya otorgado la nacionalidad colombiana por adopción y cumplan con alguno de los siguientes requisitos:

- Que el padre o la madre hayan sido naturales o nacionales colombianos.
- El hijo de extranjeros cuyos padres -o al menos uno de ellos- estuviere "domiciliado" en Colombia, en el momento de su nacimiento.
- Los hijos de padre o madre colombianos que hubieren nacido en tierra extranjera y luego se domiciliaren en territorio colombiano o se registrasen en una oficina consular de la República.

" ¿Cómo se puede recuperar la nacionalidad colombiana?

Los colombianos por nacimiento o por adopción, que la hubieren perdido, pueden presentar solicitud ante el Consulado o en Colombia ante el Ministerio de Relaciones Exteriores o las gobernaciones.

Importante: Las personas que obtuvieron nacionalidad en país extranjero después del 4 de julio de 1991, no perdieron la nacionalidad colombiana. Por consiguiente no tienen que iniciar trámite de recuperación, a menos que hayan renunciado expresamente (por escrito) a la nacionalidad colombiana.

Cédula de ciudadanía

" ¿Cuál es el documento de identificación de los colombianos?

Desde el 1 de agosto de 2010, la cédula de ciudadanía amarilla con hologramas es el único documento de identificación de los colombianos. La cédula blanca laminada o café plastificada no tiene validez alguna. Por lo tanto, no podrá realizar trámite alguno con tales documentos.

" ¿Cuáles son los requisitos para renovar la cédula?

El solicitante debe presentarse personalmente con su cédula anterior (blanca laminada o café plastificada) y su grupo sanguíneo. No debe traer fotos.

Si Usted posee la cédula amarilla con hologramas, que se expide desde el año 2000, no debe renovarla, es la cédula definitiva y única para todos los colombianos, a partir del 1 de agosto de 2010.

" ¿La renovación de la cédula tiene algún costo?

No. Por el momento, la renovación de la cédula es un proceso gratuito y obligatorio para todos los colombianos que viven en Colombia o en el exterior.

" Si renueva la cédula en el Consulado, ¿debe entregar la cédula blanca laminada o café plastificada?

No. El interesado conserva la cédula original junto con la contraseña que se le entrega el día de la solicitud.

" ¿A partir de cuándo puede reclamar su cédula?

Para conocer el estado del trámite de su cédula consulte la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil www.registraduria.gov.co en el banner de consulta "¿Dónde reclamo mi cédula?" digitando el número de documento. Si en la página aparece que su documento ya está en el Consulado, debe consultar el "listado de cédulas por reclamar" de la página web del Consulado. Y si no está en el Consulado, debe diligenciar el formulario que se encuentra en la página web de la Registraduría.

" ¿Cómo reclama su cédula?

Presentándose personalmente en el Consulado, con la contraseña.

" ¿Otra persona puede reclamar su cédula?

Sí, siempre y cuando presente una autorización con huella dactilar y la contraseña.

" Si viaja a Colombia, ¿la contraseña le sirve como documento de identidad?
La Registraduría Nacional del Estado Civil ha informado en reiteradas oportunidades que la contraseña no es un documento de identificación, sino la constancia de que la cédula está en trámite. Sin embargo, si no cuenta con la cédula original y han pasados 6 meses sin que haya llegado el documento, identifíquese con la contraseña a su ingreso en Colombia. Durante su permanencia en el país, debe hacer certificar la contraseña en la Registraduría Nacional del Estado Civil o en la Distrital de Bogotá.
Pasaporte

" ¿Cuál es el documento que lo identifica ante las autoridades francesas ?

El pasaporte es el documento de viaje que identifica a los colombianos ante las autoridades extranjeras.

" ¿Puede viajar únicamente con su titre de sejour o con su cédula?

No. Todo colombiano que viaje fuera de Colombia o regrese a Francia deberá tener el documento de viaje vigente (pasaporte).

" ¿Cuál es el número del pasaporte?

Es el asignado a la libreta, compuesto por letras y números, en rojo.

" ¿Puede solicitar el pasaporte por correo?

No. Para la obtención del pasaporte el solicitante deberá presentarse personalmente al consulado con su cédula de ciudadanía amarilla con hologramas, único documento de identificación válido a partir del 1 de agosto de 2010.

" ¿Cuáles son los requisitos para obtener el pasaporte de lectura mecánica?

Los mayores de edad deben presentar el original de la cédula amarrilla con hologramas. Los menores entre 7 y 18 años deben presentar tarjeta de identidad y copia auténtica del registro civil. Los menores de 7 años deben presentar copia auténtica del registro civil. Los interesados deben presentarse personalmente al Consulado junto con el pasaporte anterior. Los menores deberán estar acompañados por uno de los padres.

" Si no tiene cédula amarilla con hologramas, ¿puede obtener el pasaporte de lectura mecánica?

No. Si no presenta la cédula, debe realizar primero el trámite de duplicado previa confirmación de los datos por la Registraduría Nacional del Estado Civil.

" ¿Cuánto tiempo toma la expedición del pasaporte de lectura mecánica?

Doce (12) días calendario.

" ¿Qué sucede con su pasaporte anterior cuando realiza la renovación del mismo? ¿Qué sucede con sus visas aún vigentes?

Su pasaporte anterior será anulado al momento de realizar la renovación del mismo. Sin embargo, la anulación no afecta las visas y sellos migratorios estampados en el documento de viaje. El pasaporte anulado le será devuelto. Deberá portar ambos pasaportes, el anulado que cuenta con sus visas y el vigente.

" ¿Cómo reclama el pasaporte?

Con el recibo o su documento de identidad. Si vive fuera de París, puede solicitar el envío del pasaporte por correo. Debe diligenciar con su dirección, un sobre chronopost o con accusé de réception y entregarlo al momento de la solicitud del pasaporte.

" Si tiene la doble nacionalidad ¿puede viajar a Colombia con el pasaporte francés?

No. El colombiano que posea doble nacionalidad debe ingresar, permanecer y salir del territorio nacional con pasaporte colombiano.

" ¿Hasta cuándo hay plazo para obtener el pasaporte de lectura mecánica?

A partir del 24 de noviembre de 2015, todos los pasaportes colombianos deberán contar con zona de lectura mecánica. Los pasaportes que no cuenten con zona de lectura mecánica y que se encuentren vigentes deberán ser reemplazados antes de esta fecha.
Registro de nacimiento

" ¿Puede el Consulado expedir registros de nacimientos inscritos en Colombia?

No, el interesado lo debe solicitar directamente a la Notaría de Colombia donde fue registrado.

" ¿Qué debe hacer si su hijo nace en Francia y quiere que tenga la nacionalidad colombiana?

Los hijos de padre o madre colombianos nacidos en Francia pueden inscribirse en este Consulado. Si los padres estaban casados antes del nacimiento, debe presentarse uno de ellos con el acta de nacimiento apostillada, los documentos de identidad de ambos padres y el menor. Si no estaban casados antes del nacimiento, debe presentarse el padre para efectos del reconocimiento.

Registro de matrimonio

" Si contrae matrimonio en Francia, ¿debe registrar el matrimonio en el Consulado?

Para que el matrimonio celebrado en Francia surta efectos en Colombia, debe registrarlo en el Consulado. Para tal efecto debe presentar el acta de matrimonio apostillada, el registro civil y los documentos de identidad de ambos contrayentes.

" ¿Debo registrar personalmente el matrimonio en el Consulado?

No. El matrimonio puede registrarse en el Consulado por uno de los contrayentes o una tercera persona.
Declaración juramentada de estado civil

" ¿Puede el Consulado expedir certificados de soltería?

No. El Consulado no está autorizado para expedir certificados de soltería. Usted debe diligenciar una declaración juramentada de estado civil con el fin de presentarla ante las autoridades francesas, el costo corresponde a un reconocimiento de firma.
Pasado judicial

" ¿Puede solicitar el pasado judicial por correo?

No. Debe presentarse personalmente en el Consulado para que se le tomen las huellas y para que firme la solicitud.

" ¿Puede el Consulado expedir la apostilla del pasado judicial que se solicita por Internet?

No. La única entidad apostillante es el Ministerio de Relaciones Exteriores en Colombia.

" ¿Cuánto tiempo toma el DAS para expedir el pasado judicial?

Entre dos y cuatros meses.
Poderes

" Si no tiene el poder elaborado, ¿los funcionarios del Consulado lo pueden redactar por mí?

No. Usted debe traer consigo el poder redactado en español y solo lo firma ante el Cónsul.


" Para poder firmar el poder, ¿qué documento debo presentar?

Si es colombiano, debe presentar su cédula amarilla con hologramas. Si no es de nacionalidad colombiana, debe presentar su documento de identidad y su pasaporte.

" ¿Puede hacer apostillar un poder en el Consulado?

No. La función de la apostilla es competencia exclusiva del Ministerio de Relaciones Exteriores en Colombia.
Permiso de salida de menor

" ¿En qué casos un menor requiere permiso de salida?

Para salir de Colombia, los menores de edad colombianos y extranjeros, titulares de visa de residente en Colombia, deben presentar el permiso suscrito por el padre o los padres que no viajan con él.

" ¿Dónde puede solicitar el permiso de salida?

Si se encuentra en Francia, debe suscribir el permiso en el Consulado.

" ¿Qué documento debe presentar para otorgar el permiso de salida?

Debe presentar su cédula amarilla con hologramas.

" Al momento de salir de Colombia, ¿qué documentos debe presentar el menor?

El menor debe presentar el original de la autorización y el registro civil de nacimiento para comprobar su parentesco.
Certificado de supervivencia

" ¿Qué debe hacer para obtener un certificado de supervivencia?

Debe presentarse personalmente al Consulado con la cédula amarilla con hologramas.

" ¿Qué debe hacer si forma parte de las personas que envía trimestralmente la supervivencia?

Si hace el certificado de supervivencia ante la alcaldía en Francia, debe apostillarlo y traducirlo al español. Este certificado no requiere autenticación consular. Cada tres (3) meses se hace el listado y se envía por correo electrónico al Seguro Social.


Apostilla

" ¿Qué documentos deben ser apostillados para surtir efecto en Colombia?

Colombia y Francia son Estados parte del Convenio de la Apostilla. Por lo tanto, los documentos deben ser apostillados y traducidos al castellano para que surtan efecto en Colombia. Estos documentos no requieren autenticación consular.

En Francia los documentos deben ser apostillados en la Cour d'Appel del lugar donde fue expedido el documento.

" ¿Qué documentos no deben ser traducidos ni apostillados?

Los extractos bancarios, las fichas de pago y los certificados de impuestos. Sin embargo, debe presentar los originales y las copias deben ser certificadas conforme al original.
Menaje

" ¿Es necesaria la certificación del Consulado para el trámite de nacionalización del menaje doméstico?

No. Los colombianos residentes en el exterior que ingresen a Colombia para fijar su residencia tienen derecho a introducir los efectos personales y el menaje doméstico correspondiente a su unidad familiar sin necesidad de registro o licencia de importación. El menaje estará sujeto al pago de tributos aduaneros.
Visas

" ¿Qué hacer antes de viajar?

- Planear el presupuesto necesario para su viaje. La mayoría de países exigen una cantidad mínima diaria de dinero para su permanencia, información que deberá consultar con las agencias de turismo o en el consulado del país donde solicite la visa, so pena de ser devuelto a Colombia, en el caso de Francia;
- Comprar sus tiquetes de ida y regreso con suficiente anticipación, si viaja en calidad de turista. Observar el tiempo de vigencia del tiquete;
- Conocer todo lo relacionado con su seguro de vida, salud, muerte, vehículo y objetos de valor;
- Asegurarse de estar cubierto para cualquier gasto médico;
- Procurar no llevar joyas en exceso o en caso de hacerlo, tomar las previsiones necesarias para su protección;
- Declarar dinero y aparatos electrónicos en el momento de llegar a otro país conforme a sus leyes;
- Asegurarse de no llevar consigo especies animales o vegetales o productos que estén sometidos a prohibida importación en el país que va a visitar.

Recuerde que el hecho de poseer una visa no le garantiza el ingreso a un país determinado, puesto que la decisión final corresponde a las autoridades de inmigración de cada Estado.

" ¿Dónde se encuentra el formulario de solicitud de visa?

En la página Web.

" ¿En qué idioma debe ser diligenciado el formulario?

En español.

" ¿En dónde debe firmar el formulario?

El extranjero debe firmar obligatoriamente el formulario en la última página en el espacio "firma del solicitante" así como escribir la fecha de la solicitud.

" ¿Qué debe hacer si aún no tiene dirección prevista en Colombia?

Debe escribir la dirección de la institución (casa de adopción, universidad) que lo recibe.

" ¿Cuándo debe presentar la solicitud de visa?

Diez (10) días antes de la fecha de viaje.

" ¿Cuál es el tiempo máximo que puede permanecer en Colombia como turista?

Como turista (actividades de descanso y esparcimiento) el nacional francés hasta por el término de noventa (90) días calendario prorrogable hasta por noventa (90) días más dentro del mismo año calendario.

" ¿Cuándo debe solicitar visa?

Para cualquier otra actividad diferente del turismo, el nacional francés requiere visa para viajar a Colombia. En la página Web encontrara el listado con los países que no requieren visado de visitante (turismo, técnico y temporal) para ingresar a Colombia.

" ¿Debe pedir cita para presentar la solicitud de visa?

No. El extranjero debe presentarse sin cita, de lunes a viernes de 9h a 10h30. Se atiende según el orden de llegada.

" ¿Puede expedirse la visa el mismo día?

No, bajo ningún motivo. La expedición de visa toma tres (3) días hábiles. Sin embargo, como algunos tipos de visas requieren autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores en Colombia, la expedición de la visa puede tomar más tiempo.

" ¿Cómo puede pagar la visa?

Debe cancelar el importe exacto en euros (la lista de precios está disponible en la página Web y en la cartelera del Consulado) para el tipo de visa que va a solicitar. Las tarifas varían mensualmente en función de la tasa de cambio.

Puede cancelar con tarjeta débito o crédito en las instalaciones del Consulado, o con cheque si se trata de una visa de adopción enviada por correo. En este caso, se puede hacer un cheque para ambos padres a nombre del Consulado de Colombia en París con el monto exacto de la visa.

" ¿Puede enviar el dossier de solicitud de visa por correo?

No. El solicitante debe presentarse personalmente en el Consulado. Sin embargo, la solicitud de visa especial adopción puede ser tramitada por correo.

" ¿Cómo reclama la visa?

Personalmente. Si no tiene la posibilidad de hacerlo, debe entregar un sobre Chronopost 500gm diligenciado a su nombre y dirección al momento de presentar su solicitud.

" Como extranjero, ¿qué debe hacer al ingresar a Colombia?

Los extranjeros, cuya visa supere la vigencia de tres (3) meses, deben presentar a la autoridad migratoria la visa para la expedición de su cedula de extranjería.

" ¿Qué hacer cuando la vigencia de la visa sea superior a tres meses?

El extranjero que ingrese al país con una visa cuya vigencia sea superior a tres meses debe presentarse ante las oficinas de Extranjería del DAS dentro de los quince (15) días siguientes a su ingreso para radicar su visado y tramitar su cédula de extranjería.

" ¿Qué documentos demuestran la solvencia económica?

El certificado bancario y los extractos bancarios de los últimos tres meses, las fichas de pago de los últimos tres meses y el certificado de beca.

" ¿Qué documentos no deben ser traducidos ni apostillados?

Los extractos bancarios y las fichas de pago no deben ser traducidos ni apostillados. Sin embargo, debe presentar los originales y las copias certificadas conformes al original.

" ¿Cómo debe presentarse el certificado bancario?

Certificado por el banco y traducido.

" Para la visa de stagiaire, ¿la Convention de stage debe ser traducida?

Sí.

" Para la visa de adopción, ¿cómo debe presentar el pasado judicial?

El pasado judicial debe ser apostillado, traducido, tener máximo un (1) mes de expedido. Debe presentar el original y fotocopia, inclusive de la apostilla. Recuerde que el Consulado conserva los originales.

" ¿Puede trabajar con visa de estudiante o con visa de stagiaire?

No. En ningún caso podrá devengar salarios provenientes de personas naturales o jurídicas y realizar actividades que estén amparadas por otro tipo de visa.

" Si el stage es remunerado, ¿qué tipo de visa debe solicitar?

Debe solicitar una visa de trabajo.
Asistencia social y jurídica

" ¿Qué pueden hacer los asistentes social y jurídico?

Los asistentes social y jurídico se encargan de recibir, informar y orientar a los colombianos que se encuentran en Francia en solicitudes de carácter social y jurídico.

Los asistentes atienden las consultas de los colombianos en materia laboral, derecho de extranjeros, de salud, familiar, psicológica y social, así como diversas situaciones de vulnerabilidad, recibiendo y evaluando cada caso y guiando sobre procedimientos, acciones o instituciones pertinentes. Igualmente, prestan asistencia a los connacionales detenidos en Francia y a sus familias brindando atención jurídica y social.

" ¿Cómo funcionan los servicios de asistencia social y jurídica?

La atención se realiza a través de las citas que los connacionales soliciten directamente en el Consulado.

" ¿Cuál es el costo de la asistencia social y jurídica que presta el Consulado?

Ninguno. El Gobierno colombiano, por medio del Consulado, ofrece de manera gratuita los servicios de asistencia social y jurídica a todos los colombianos.

" Si la situación lo amerita, ¿es posible que el abogado del Consulado lo represente en algún caso o ante la Corte?

No. El asistente jurídico no puede representarlo en proceso penal o civil. Por lo tanto, el interesado debe acudir a los servicios de un abogado particular, competente y debidamente autorizado en la materia.
Documentos extraviados

" ¿Qué hacer en caso de robo?

Si pierde cualquier documento en el exterior o en Francia, debe dirigirse de inmediato a una estación de policía local y hacer una declaración acerca del robo, para evitar que los documentos sean utilizados en forma ilícita por personas inescrupulosas.
Traducciones

" ¿El Consulado realiza traducciones?

No. Todos y cada uno de los documentos que expide el Consulado son emitidos en el idioma oficial de Colombia, es decir, el castellano.

Debe acudir a los oficios de un traductor oficial en aplicación del Convenio de la Apostilla del cual Colombia y Francia son Estados Parte.